Nuevas escalas para la cuota del Monotributo
Con el dato inflacionario de junio, se actualizan el Mínimo no imponible y el impuesto a las Ganancias. La reforma fiscal estableció dos modificaciones al año.
El tope de facturación anual del monotributo pasará de 82 a 95 millones de pesos, anticipó el subsecretario de Prensa de la Presidencia, Javier Lanari, antes de que se conociera el dato sobre inflación que publica el Indec y a partir del cuál se actualizan los montos.
La página de ARCA aún no publicó los nuevos topes fijados según lo estableció la reforma fiscal que impulsó el oficialismo: dos veces al año y de forma semestral, las categorías y el valor de las cuotas del Monotribulo, y el Mínimo no imponible y las escalas del impuesto a las Ganancias, serán modificadas de acuerdo al número del Índice de Precios al Consumidor (IPC).
Con el porcentaje de inflación de junio, también quedan determinados el aumento de las jubilaciones y pensiones de agosto.
El mínimo no imponible de Ganancias -que indica los ingresos que se puede percibir sin estar alcanzado por ese impuesto- pasaría de 2,3 millones a 2,6 millones de pesos mensuales para los sueldos brutos de los solteros sin hijos. Y casado con 2 hijos de 3 millones en casi 3,5 millones de pesos.
También se incrementan los valores máximos que pueden deducirse del ingreso sujeto al impuesto (base imponible) por determinados gastos, como el de salarios del servicio doméstico, el de gastos educativos de los hijos y el de alquiler de la vivienda.
Los ingresos por encima del Mínimo No Imponible y demás deducciones quedan alcanzados con alícuotas progresivas que van del 5 al 35 por ciento y se aplica sobre la ganancia neta.
Para el Monotributo, la primera categoría (A) pasaría de facturar hasta 7.813.063 anuales a 9 millones de pesos. Y la categoría más alta de 82.370.281 anuales a 95 millones de pesos.
Por su parte, las cuotas mensuales subirán en torno del 15,3/15,6 por ciento. Así, la categoría de 32.221 pesos ascendería a poco más de 37.000 pesos. La categoría B de 36.679 pasaría a más de 42.000 pesos. Y así hasta la categoría máxima. Los nuevos valores rigen de agosto a enero 2026.
Una vez que ARCA publique las nuevas tablas, los monotributistas podrán recategorizarse, con plazo hasta el 5 de agosto, a través de su clave fiscal. “No deberán efectuar ninguna acción quienes mantengan la misma categoría, ni quienes tengan menos de 6 meses de actividad”, según ARCA.
En el caso de que un contribuyente no se recategorice o lo haga de manera inexacta, el organismo puede actuar «de oficio».